ANTECEDENTES DEL GOLPE A EZQUIZOFRENIA22
Duarte revive ley para sancionar a quien perturbe el orden con falsas alarmas
El Congreso estatal dio entrada a la propuesta del gobernador Javier Duarte de reformar el Código Penal para castigar con uno a cuatro años de cárcel a quien pretenda perturbar el orden público con falsas alarmas de existencia de aparatos explosivos, con armas de fuego, sustancias químicas o tóxicas.
Imagen del Golfo informó que las sanciones irían de uno a cuatro años de prisión y o una multa de 500 días de salario.
El proyecto de Duarte dice que “una vez aprobada la creación de la Comisión de Protección a los Periodistas y a la Libertad de Expresión se revisó el artículo 373 del Código Penal, y se recoge la necesidad de proteger el orden público y la paz social, para garantizar un Estado de Derecho”.
Según Imagen del Golfo, esta decisión se tomó después de haber consultado la opinión de expertos, juristas y miembros de organizaciones, quienes determinaron que era necesaria una regulación legislativa de los medios y publicaciones que alteren la vida colectiva.
No obstante, también se propuso incluir en el proyecto de ley dos artículos para evitar que se aplique mal o en casos de quienes no pretendían atentar contra la tranquilidad de la gente.
Imagen del Golfo publica que “las precisiones consisten en que se demuestre la intención de perturbar el orden público” y que se demuestre que se divulgó información falsa sabiendo que lo era.
La primera vez que este tema se puso sobre la mesa fue en agosto de 2011, cuando la Agencia Veracruzana de Investigaciones (AVI) arrestó a dos usuarios –uno de Twitter y otro de Facebook- por supuestamente “sembrar el pánico” entre los ciudadanos al decir que había balaceras en la capital veracruzana y Boca del Río. Esa vez, los dos cibernautas fueron arrestados bajo el delito de “terrorismo”
Leer Más: http://www.animalpolitico.com/2012/11/duarte-revive-ley-para-sancionar-a-quien-perturbe-el-orden-con-falsas-alarmas/#ixzz2Bn4gMCep
1 from Lord Edramagor
Las definiciones
La mayoría de las definiciones que se han dado para esta ley son inexactas, probablemente elaboradas sin el conocimiento técnico indispensable para una legislación de este tipo. Por ejemplo, contempla como “ciberespacio” a “toda la información que se transmite en las computadoras”. ¿Qué significa esto? Probablemente, quiera referirse a los paquetes de datos que se intercambian a través de Internet, pero por como lo plantea la ley, si yo hago una transmisión de información (por ejemplo, copiar un documento en un soporte físico, como una memoria USB) hacia otro ordenador, caigo dentro del uso de ciberespacio.
Otra definición ambigua se da al ejemplificar ruido informático, silencio informático y léxico informático; tres términos inventados para efectos de esta ley. Se califica como ruido a “la información necesaria que surge en la búsqueda documentaria”. ¿Qué se supone que significa eso? ¿Para qué sirve? Lo mismo con el concepto de silencio informático (“la falta de información pertinente en una consulta”). Por un momento, parece que reduce el concepto de Internet al uso de un buscador en línea, una visión sumamente reducida.
Igualmente, está el ejemplo de léxico informático (“la organización de las palabras almacenadas en la computadora en nociones y subnociones”). ¿De qué está hablando? ¿De los directorios y subdirectorios de un ordenador? ¿Habla del código de algún programa? ¿Cómo valerse de una legislación que ni siquiera es capaz de clarificar los conceptos básicos?
Aún más ininteligibles son los conceptos de delitos informáticos y cibertribunales. El primero define como el acto ilícito “en que se tiene a las computadoras como instrumentos o fin”. ¡Vaya! Entonces, si robo una computadora de una casa, ¿es un delito informático? Si cometo un asesinato con un teclado, ¿también lo es? (suena ridículo, lo sé, pero aplicable por esta ley) Bueno, vamos a un ejemplo más plausible: si alguien comete un fraude -por ejemplo, la alteración de un documento oficial o la falsificación de un billete- y usa una computadora para el diseño, ¿cabe dentro de la tipificación?
El término cibertribunales tampoco queda claro. La propuesta los define como “los mediadores en los litigios derivados del uso de Internet, comercio electrónico, propiedad intelectual, protección de la vida privada, suplantación y protección de datos”. ¿Quiénes son estos mediadores? ¿Cuál es su objetivo? ¿Es que se establece una nueva entidad jurídica para estos casos?
Propuestas polémicas
Entre las propuestas más cuestionables de esta ley, destacan:
Artículo 7: Derecho para la prohibición de la interconexión de archivos, es decir que las distintas bases de datos, no puedan consultarse y/o vincularse indistintamente
Este artículo parece confeccionado para las dependencias de gobiernos y empresas. Parece más un derecho derivado de la protección a la propiedad intelectual que para garantizar apertura. Este apartado puede interpretarse como que una persona determine que un archivo no pueda ser consultado o enlazado en la red. ¿Quién lo puede ejercer? ¿Bajo qué criterios?
Supongamos que hablamos de documentos como los que filtró The Guardian sobre los gastos de campaña de Enrique Peña Nieto; o que nos referimos a ficheros de interés público pero que son resguardados por entidades privadas. En ese sentido, la ley no sólo es contraproducente, sino que parece que el gobierno se cura en salud ante casos de filtraciones de información.
Articulo 8: Derecho de rectificación: permitirá solicitar el interesado una modificación en los términos de alteración o suplantación, o una supresión o cancelación de aquellos datosque, referidos a su persona, considere como inexactos o irrelevantes o que consideren actualización.
La segunda parte de este artículo es la que más preocupa. Faculta a una persona a solicitar remoción de contenido que juzgue como “inexacto”, abriendo la puerta de actos de represión. Si bien la ley no especifica una sanción sobre el caso, sí podría llevarse a una instancia jurídica dada la ambigüedad de la propuesta. Me suena a la polémica ley contra la calumnia en Italia.
Artículo 9: Los y las internautas tendrán la obligación que los datos que proporcionen sean reales y fidedignos.
Este artículo se carga la protección al anonimato en la red, obligando a los usuarios a proporcionar información real. Aunque se prevé una intención para combatir a la suplantación, la aplicación es errónea porque afecta las libertades personales. Además, ¿cómo nos aseguramos que son reales los datos? ¿A través de un registro, de bases de datos de terceros?
Artículo 13: El Estado será el órgano rector y regulador de las conductas externas de las y los internautas en la sociedad de la información, las cuales pueden imponerse a sus destinatarios mediante sanciones.
Un artículo de una trascendencia mayúscula. El gobierno de Chiapas se equipara al de China con esta medida, al facultarse como rector y regulador de Internet en su entidad. No sólo eso, sino que advierte que puede imponerse mediante sanciones, una actitud coercitiva, riesgosa y autoritaria. No sólo es antidemocrático, sino inconstitucional.
Artículo 16: Toda aquella persona que sin autorización modifique, destruya o ocasiones pérdida de información se le impondrá de 6 meses a 2 años de prisión y de 100 días de multa.
El problema está en la definición. ¿Qué es lo que consideramos como información? Si nos atenemos a las definiciones operativas, este término no queda definido. ¿Hablamos de archivos, de datos, de qué? Más importante, ¿la autorización de quién? Supongamos, por ejemplo, que yo soy dueño de un café internet y, por error, un cliente borra un programa de mi computadora. ¿Lo puedo demandar? Vamos a otra: una persona descarga una canción y decide hacer un remix. El autor se entera: ¿es suficiente para poderlo sancionar? Nuevamente, parece más una ley diseñada para gobierno, empresas y defensores del copyright.
Artículo 17: Al que sin autorización conozca, copie información o la utilice se le impondrá una pena de 4 años de prisión o de 100 a 300 días de multa.
Un apartado ilógico, estúpido. No hay otra forma de describirlo. Nuevamente, no sabemos qué se considera información. De acuerdo a la redacción, el sólo hecho de conocer algo sin autorización a través de una computadora ya es susceptible de penalización. Segundo: la copia de información es la base de la web. Tan simple como que lo que miramos en el navegador no es más que la copia de datos que están alojados en un servidor en otra parte. ¿Cómo sabemos cuándo tenemos la autorización y cuándo no?
Supongamos lo siguiente: una dependencia sube un boletín de prensa. Alguien comete un error grave y decide bajarlo de la web, pero queda una copia en caché. La dependencia decide que esa versión del boletín no debe difundirse. Entonces, con esta ley, no la podría reproducir en ningún lado, ni siquiera mandarla por Twitter o Facebook. Complementemos con otro artículo, el de la información inexacta: entonces la dependencia podría pedir la eliminación y promover una sanción por algo que simplemente les es incómodo, aunque no sea incorrecto ni estrictamente ilegal.
Artículo 19: Toda aquella persona que suplante identidad y cause perjuicio alguno se le impondrá una pena de 2 años y 150 días de multa.
¿Qué se considera suplantación? ¿Qué se considera perjuicio? Otra que puede atentar contra las libertades. Imaginemos que un usuario en Chiapas abre una cuenta parodia del diputado Noé Castañón. El legislador considera que le crea perjuicio (el famoso daño moral) e interpone un recurso para que se le multe. Así, la ley funciona como un mecanismo de inhibición de estas expresiones.
Implicaciones
Esta ley no sólo tiene problemas con lo que sostiene, sino también incluye muchas implicaciones. Miremos, por ejemplo, el artículo 9, que sostiene que todos los datos que se proveen deben ser fidedignos. ¿Cómo nos aseguramos de eso? ¿A través de algún registro estatal de usuarios? No suena lógicamente posible ni financieramente responsable. Debe existir alguna forma de identificar a los infractores. Claro que existe, pero no es ni ética ni legal.
Ahora, vamos con el artículo 19. ¿Cómo sé quién cometió suplantación si no sé cómo señalar al infractor? Como que ya unimos los puntos, ¿no? En efecto, esta ley conduce, en un primer momento,a la justificación del monitoreo. Si el Estado es el órgano rector y regulador -como sostiene en su artículo 13-, entonces está facultado para vigilar. Si no hay distinción entre lo que se considera información (y el ciberespacio, para términos de esta ley, es todo lo que cabe en una computadora), entonces el Estado no sólo puede, sino que tiene la obligación de inmiscuirse en los datos de los ciudadanos. Esto conduce a al escenario de la vigilancia de las redes. Revisar todos los paquetes de datos que se intercambian con la finalidad de supervisar “el buen uso” de la web.
Ahora, ¿cómo identificar a los usuarios? Hay mecanismos como la asociación de usuarios a través de su dirección IP -un recurso que, pese a ser desestimado en países como Reino Unido, aún es utilizado-; o a través de presionar a los proveedores de servicio de Internet (ISPs) a que cooperen en el “combate al delito” mediante sanciones -algo que se propuso con las reformas conocidas como la Ley de Geolocalización-. Así, el panorama represivo no viene sólo por la letra de la ley, sino por lo que engloba en cuanto a mecanismos para asegurar su implementación.
En ese sentido, el debate sobre esta propuesta debe moverse en estos términos. En su cuenta de Twitter, el diputado Castañón imputó que “lo que no se dicen es que se busca regular el robo de información, identidad, delitos informáticos” -por cierto, por copiar y pegar su tweet podría ser sancionado en Chiapas-. Bueno, este artículo busca contribuir, precisamente, a esa discusión. Y, bajo la óptica del análisis, también fracasa rotundamente en ese tema, empezando porla impensable intención de establecer al Estado como una entidad omnipotente en Internet.
Quiero pensar que ha sido la ignorancia y no la malicia la que ha creado una propuesta tan aberrante -aunque, como señalé en algunos puntos, hay ciertos artículos que sirven como guardaespaldas-. Quiero creer que la sociedad chiapaneca (y la mexicana) presionarán para que las comisiones encargadas reboten esta medida y conserven únicamente lo rescatable (en ese sentido, el título III, sobre Cibercultura y Modernización, podría quedarse). Por último, quiero creer que el diputado Noé Castañón comprenderá que estas líneas son una crítica necesaria al trabajo legislativo, y que se tome la molestia de -si en verdad busca el cierre de la brecha digital- presentar una iniciativa acorde con el respeto a los derechos humanos y los valores constitucionales.
Agradecimiento especial a la diputada Alejandra Soriano por enviarme el texto original de la propuesta por correo
Las definiciones
La mayoría de las definiciones que se han dado para esta ley son inexactas, probablemente elaboradas sin el conocimiento técnico indispensable para una legislación de este tipo. Por ejemplo, contempla como “ciberespacio” a “toda la información que se transmite en las computadoras”. ¿Qué significa esto? Probablemente, quiera referirse a los paquetes de datos que se intercambian a través de Internet, pero por como lo plantea la ley, si yo hago una transmisión de información (por ejemplo, copiar un documento en un soporte físico, como una memoria USB) hacia otro ordenador, caigo dentro del uso de ciberespacio.
Otra definición ambigua se da al ejemplificar ruido informático, silencio informático y léxico informático; tres términos inventados para efectos de esta ley. Se califica como ruido a “la información necesaria que surge en la búsqueda documentaria”. ¿Qué se supone que significa eso? ¿Para qué sirve? Lo mismo con el concepto de silencio informático (“la falta de información pertinente en una consulta”). Por un momento, parece que reduce el concepto de Internet al uso de un buscador en línea, una visión sumamente reducida.
Igualmente, está el ejemplo de léxico informático (“la organización de las palabras almacenadas en la computadora en nociones y subnociones”). ¿De qué está hablando? ¿De los directorios y subdirectorios de un ordenador? ¿Habla del código de algún programa? ¿Cómo valerse de una legislación que ni siquiera es capaz de clarificar los conceptos básicos?
Aún más ininteligibles son los conceptos de delitos informáticos y cibertribunales. El primero define como el acto ilícito “en que se tiene a las computadoras como instrumentos o fin”. ¡Vaya! Entonces, si robo una computadora de una casa, ¿es un delito informático? Si cometo un asesinato con un teclado, ¿también lo es? (suena ridículo, lo sé, pero aplicable por esta ley) Bueno, vamos a un ejemplo más plausible: si alguien comete un fraude -por ejemplo, la alteración de un documento oficial o la falsificación de un billete- y usa una computadora para el diseño, ¿cabe dentro de la tipificación?
El término cibertribunales tampoco queda claro. La propuesta los define como “los mediadores en los litigios derivados del uso de Internet, comercio electrónico, propiedad intelectual, protección de la vida privada, suplantación y protección de datos”. ¿Quiénes son estos mediadores? ¿Cuál es su objetivo? ¿Es que se establece una nueva entidad jurídica para estos casos?
Propuestas polémicas
Entre las propuestas más cuestionables de esta ley, destacan:
Artículo 7: Derecho para la prohibición de la interconexión de archivos, es decir que las distintas bases de datos, no puedan consultarse y/o vincularse indistintamente
Este artículo parece confeccionado para las dependencias de gobiernos y empresas. Parece más un derecho derivado de la protección a la propiedad intelectual que para garantizar apertura. Este apartado puede interpretarse como que una persona determine que un archivo no pueda ser consultado o enlazado en la red. ¿Quién lo puede ejercer? ¿Bajo qué criterios?
Supongamos que hablamos de documentos como los que filtró The Guardian sobre los gastos de campaña de Enrique Peña Nieto; o que nos referimos a ficheros de interés público pero que son resguardados por entidades privadas. En ese sentido, la ley no sólo es contraproducente, sino que parece que el gobierno se cura en salud ante casos de filtraciones de información.
Articulo 8: Derecho de rectificación: permitirá solicitar el interesado una modificación en los términos de alteración o suplantación, o una supresión o cancelación de aquellos datosque, referidos a su persona, considere como inexactos o irrelevantes o que consideren actualización.
La segunda parte de este artículo es la que más preocupa. Faculta a una persona a solicitar remoción de contenido que juzgue como “inexacto”, abriendo la puerta de actos de represión. Si bien la ley no especifica una sanción sobre el caso, sí podría llevarse a una instancia jurídica dada la ambigüedad de la propuesta. Me suena a la polémica ley contra la calumnia en Italia.
Artículo 9: Los y las internautas tendrán la obligación que los datos que proporcionen sean reales y fidedignos.
Este artículo se carga la protección al anonimato en la red, obligando a los usuarios a proporcionar información real. Aunque se prevé una intención para combatir a la suplantación, la aplicación es errónea porque afecta las libertades personales. Además, ¿cómo nos aseguramos que son reales los datos? ¿A través de un registro, de bases de datos de terceros?
Artículo 13: El Estado será el órgano rector y regulador de las conductas externas de las y los internautas en la sociedad de la información, las cuales pueden imponerse a sus destinatarios mediante sanciones.
Un artículo de una trascendencia mayúscula. El gobierno de Chiapas se equipara al de China con esta medida, al facultarse como rector y regulador de Internet en su entidad. No sólo eso, sino que advierte que puede imponerse mediante sanciones, una actitud coercitiva, riesgosa y autoritaria. No sólo es antidemocrático, sino inconstitucional.
Artículo 16: Toda aquella persona que sin autorización modifique, destruya o ocasiones pérdida de información se le impondrá de 6 meses a 2 años de prisión y de 100 días de multa.
El problema está en la definición. ¿Qué es lo que consideramos como información? Si nos atenemos a las definiciones operativas, este término no queda definido. ¿Hablamos de archivos, de datos, de qué? Más importante, ¿la autorización de quién? Supongamos, por ejemplo, que yo soy dueño de un café internet y, por error, un cliente borra un programa de mi computadora. ¿Lo puedo demandar? Vamos a otra: una persona descarga una canción y decide hacer un remix. El autor se entera: ¿es suficiente para poderlo sancionar? Nuevamente, parece más una ley diseñada para gobierno, empresas y defensores del copyright.
Artículo 17: Al que sin autorización conozca, copie información o la utilice se le impondrá una pena de 4 años de prisión o de 100 a 300 días de multa.
Un apartado ilógico, estúpido. No hay otra forma de describirlo. Nuevamente, no sabemos qué se considera información. De acuerdo a la redacción, el sólo hecho de conocer algo sin autorización a través de una computadora ya es susceptible de penalización. Segundo: la copia de información es la base de la web. Tan simple como que lo que miramos en el navegador no es más que la copia de datos que están alojados en un servidor en otra parte. ¿Cómo sabemos cuándo tenemos la autorización y cuándo no?
Supongamos lo siguiente: una dependencia sube un boletín de prensa. Alguien comete un error grave y decide bajarlo de la web, pero queda una copia en caché. La dependencia decide que esa versión del boletín no debe difundirse. Entonces, con esta ley, no la podría reproducir en ningún lado, ni siquiera mandarla por Twitter o Facebook. Complementemos con otro artículo, el de la información inexacta: entonces la dependencia podría pedir la eliminación y promover una sanción por algo que simplemente les es incómodo, aunque no sea incorrecto ni estrictamente ilegal.
Artículo 19: Toda aquella persona que suplante identidad y cause perjuicio alguno se le impondrá una pena de 2 años y 150 días de multa.
¿Qué se considera suplantación? ¿Qué se considera perjuicio? Otra que puede atentar contra las libertades. Imaginemos que un usuario en Chiapas abre una cuenta parodia del diputado Noé Castañón. El legislador considera que le crea perjuicio (el famoso daño moral) e interpone un recurso para que se le multe. Así, la ley funciona como un mecanismo de inhibición de estas expresiones.
Implicaciones
Esta ley no sólo tiene problemas con lo que sostiene, sino también incluye muchas implicaciones. Miremos, por ejemplo, el artículo 9, que sostiene que todos los datos que se proveen deben ser fidedignos. ¿Cómo nos aseguramos de eso? ¿A través de algún registro estatal de usuarios? No suena lógicamente posible ni financieramente responsable. Debe existir alguna forma de identificar a los infractores. Claro que existe, pero no es ni ética ni legal.
Ahora, vamos con el artículo 19. ¿Cómo sé quién cometió suplantación si no sé cómo señalar al infractor? Como que ya unimos los puntos, ¿no? En efecto, esta ley conduce, en un primer momento,a la justificación del monitoreo. Si el Estado es el órgano rector y regulador -como sostiene en su artículo 13-, entonces está facultado para vigilar. Si no hay distinción entre lo que se considera información (y el ciberespacio, para términos de esta ley, es todo lo que cabe en una computadora), entonces el Estado no sólo puede, sino que tiene la obligación de inmiscuirse en los datos de los ciudadanos. Esto conduce a al escenario de la vigilancia de las redes. Revisar todos los paquetes de datos que se intercambian con la finalidad de supervisar “el buen uso” de la web.
Ahora, ¿cómo identificar a los usuarios? Hay mecanismos como la asociación de usuarios a través de su dirección IP -un recurso que, pese a ser desestimado en países como Reino Unido, aún es utilizado-; o a través de presionar a los proveedores de servicio de Internet (ISPs) a que cooperen en el “combate al delito” mediante sanciones -algo que se propuso con las reformas conocidas como la Ley de Geolocalización-. Así, el panorama represivo no viene sólo por la letra de la ley, sino por lo que engloba en cuanto a mecanismos para asegurar su implementación.
En ese sentido, el debate sobre esta propuesta debe moverse en estos términos. En su cuenta de Twitter, el diputado Castañón imputó que “lo que no se dicen es que se busca regular el robo de información, identidad, delitos informáticos” -por cierto, por copiar y pegar su tweet podría ser sancionado en Chiapas-. Bueno, este artículo busca contribuir, precisamente, a esa discusión. Y, bajo la óptica del análisis, también fracasa rotundamente en ese tema, empezando porla impensable intención de establecer al Estado como una entidad omnipotente en Internet.
Quiero pensar que ha sido la ignorancia y no la malicia la que ha creado una propuesta tan aberrante -aunque, como señalé en algunos puntos, hay ciertos artículos que sirven como guardaespaldas-. Quiero creer que la sociedad chiapaneca (y la mexicana) presionarán para que las comisiones encargadas reboten esta medida y conserven únicamente lo rescatable (en ese sentido, el título III, sobre Cibercultura y Modernización, podría quedarse). Por último, quiero creer que el diputado Noé Castañón comprenderá que estas líneas son una crítica necesaria al trabajo legislativo, y que se tome la molestia de -si en verdad busca el cierre de la brecha digital- presentar una iniciativa acorde con el respeto a los derechos humanos y los valores constitucionales.
Agradecimiento especial a la diputada Alejandra Soriano por enviarme el texto original de la propuesta por correo
EN EL EXTRANGERO
DRAGHI PUBLICA SU DISCURSO TRAS EL BLOQUEO DEL CONGRESO A SU RETRANSMISIÓN
Vídeo: Atlas
- El Congreso inhibe la señal de los móviles de los diputados
- ICV publica vídeos posteriormente en su canal de YouTube
- Draghi afirma que él 'no tenía problema' en comparecer a puerta abierta
- Posada reconoce que ha intentado que no se 'radiara' la comparecencia
El presidente del Banco Central Europeo, Mario Draghi, ha desvelado finalmente su discurso a puerta cerrada ante los diputados tras el bloqueo de móviles de los asistentes y lo ha publicado en la página web oficialde la institución de Francfort.
Fuentes del BCE señalaron que es práctica habitual publicar los discursos del presidente y éste ha señalado en su rueda de prensa que él "no tenía problema" en comparecer a puerta abierta. El presidente del Congreso de los Diputados, Jesús Posada, ha admitido que él ha intentado "que no se radiara" la comparecencia de Draghi, pero que no iba a tomar medidas contra los diputados que han intentado burlar la inhibición de los móviles publicando lo que estaba sucediendo.
Los móviles de los diputados asistentes a la comparecencia se vieron bloqueados con inhibidores para mantener su discurso a puerta cerrada. Los diputados de Izquierda Plural Alberto Garzón y Joan Coscubiela, que habían anunciado que retransmitirían la intervención en protesta contra su secretismo, no pudieron hacerlo aunque subieron más tarde los vídeos al canal de ICV en YouTube.
Uno de los vídeos subidos a YouTube por ICV
En un principio, se había informado de que era el propio presidente del BCE el que había solicitado ese tipo de comparecencia para que fuera similar a la que hizo en el Bundestag alemán pero el propio Draghi dijo más tarde que no hubiera tenido problema en que fuera pública.
Todos los grupos de izquierdas -incluido el PSOE- han criticado que la comparecencia de Draghi sea a puerta cerrada. El grupo socialista ha transmitido al presidente del Congreso su más "enérgica protesta" por la colocación de inhibidores de frecuencia dal considerar que excede sus atribuciones y supone un ataque a la libertad de expresión.
La portavoz del grupo socialista, Soraya Rodríguez, se ha dirigido por carta a Posada, a quien le ha pedido explicaciones por esta actuación, que cree "injustificada" y que, en su opinión, rebasa "claramente" las facultades de la presidencia.
El diputado socialista Pablo Martín solicitó al presidente del Congreso de los Diputados, Jesús Posada, que retirara los inhibidores, pero éste le respondió: "¿A ti te parece bien que se tuitee todo?", según relata Martín.
La intención de los diputados de ICV era haber retransmitido en directo la comparecencia a través de esta página web [http://www.icv-euia.cat/opendraghic.html]
Mejoría en España
Durante su comparecencia, Draghi ha reconocido que, a pesar de las señales de "mejora" económica que ya está teniendo España, los ciudadanos aún no notan sus efectos, aunque ha animado a seguir por esta senda de "esfuerzos de reforma".
El banquero italiano ha señalado que "la zona euro está experimentando un importante ajuste" en el marco de un "proceso necesario, aunque especialmente doloroso y prolongado en las áreas donde anteriormente había desajustes de las políticas, que crearon vulnerabilidades", tales como "desequilibrios externos", sectores "muy endeudados" y falta de "saneamiento" de las cuentas públicas.
Sin embargo, los datos de déficit por cuenta corriente o de exportaciones, que han mejorado un 20% en los tres últimos años, o el incremento del peso de las exportaciones en el PIB "están contribuyendo muy positivamente al crecimiento real de la economía", a la par que el "descenso" de los costes laborales unitarios está permitiendo mejorar la "competitividad" que "constituirá la base para un crecimiento sostenible".
"Pese a estas señales de mejora, el ajuste aún no está produciendo efecto visible en la vida diaria de las personas. Por ello, la frustración de algunos sectores de la población es comprensible. Los esfuerzos de las reforma tardan tiempo en mostrarse", ha añadido.
PERO HAY ANTECEDENTENTES DE LO QUE SE VENIA
1 EL AVISO
S DE PRILENIO PERO ES LO MAS RESCATABLE
LOS VAMOS A EXTRAÑAR
EL POZO DE LOS DESEOS REPRIMIDOSÁlvaro Cueva
2012-11-29 •
No sé si usted ya se dio cuenta pero este sábado muchas cosas van a cambiar en nuestro país cuando llegue Enrique Peña Nieto.
Y no hablo nada más de las cuestiones políticas, le hablo de las mediáticas.
Independientemente de todo lo que va a suceder con los medios privados, ¿qué va a pasar con los medios públicos nacionales?
¿Qué va a pasar con las señales que dependen directamente del ejecutivo y de su gabinete como Once Tv México y Conaculta Canal 22?
A lo mejor usted no lo sabe, pero cada seis años hay una revolución en cada una de estas frecuencias y más ahora que el PRI volverá a tomar las riendas.
Para empezar, ¿qué va a pasar con la gente? ¿Cuántos se van a quedar sin trabajo? ¿A quiénes vamos a dejar de ver? ¿En dónde se van a colocar?
¿Y los programas? ¿Qué va a suceder con ellos? ¿Los vamos a perder? ¿Les van a cortar las alas?
Le guste a quien le guste o le moleste a quien le moleste, en los últimos dos sexenios ocurrieron cosas muy buenas en los canales que dependen del gobierno federal.
Sí, se cometieron errores, como cuando Once Tv México quiso mover a Cristina Pacheco o como cuando Conaculta Canal 22 canceló Ludens, por mencionar solo unos cuantos.
Pero, lo que sea de cada quien, a pesar de las obvias limitaciones económicas, políticas y de distribución de estas señales, todos hicieron lo mejor que pudieron.
Once Tv México se convirtió en la meca de las series mexicanas de televisión con títulos como XY, Soy tu fan y Paramédicos.
Conaculta Canal 22 nos sorprendió con ejercicios maravillosos, lo mismo con la divina Eugenia León que con muchachos excepcionales como los de La banda.
¿Y qué me dice a nivel noticias? Nadie como Once Tv México para medir, hasta con cronómetro, cada uno de los tiempos asignados a los partidos políticos de este país.
Impresionante, casi tanto como sus magníficas mesas de análisis encabezadas por algunos de los más importantes especialistas de la nación.
Por el lado de Conaculta Canal 22, no hubo festival, no hubo evento cultural, que estos periodistas no cubrieran y, créame, mover todo ese aparato lo mismo a Morelia que a Guadalajara o Guanajuato no es cualquier cosa.
Jamás acabaría de mencionarle momentos ni programas que miles de mexicanos disfrutamos, gratis, gracias a la generosidad de estas señales.
Desde los Juegos Olímpicos de Invierno hasta los festejos del más reciente aniversario de Canal Once en el Auditorio Nacional pasando por La dichosa palabra, El tímpano, Esquizofrenia, La ruta del sabor, Pantalla de cristal, Diálogos y más, muchísimos acontecimientos y muchísimos títulos más.
Quiero darle las gracias públicamente a todos los héroes que participaron en la aventura de los medios públicos durante las administraciones panistas y más a los que colaboraron en el último sexenio.
A lo mejor no se volvieron ricos y famosos, pero nos hicieron felices, nos dejaron algo bueno, útil. Valió la pena.
¡Gracias! ¡Muchas gracias! ¡Por intentarlo! ¡Por hacerlo! ¡Por comprometerse! ¡Por estar! ¡Por hacernos reír, llorar y pensar! ¡Por hacernos crecer!
Y esto incluye tanto al personal base de Once Tv México, de Conaculta Canal 22, de dependencias como la DGTV y de los otros medios públicos como la radio, como a las casas productoras con las que se aliaron desde el año 2000.
Tengo miedo de no volver a verlos, de que el derecho a producir ficción se lo vuelvan a quedar Televisa y Azteca, de que no se pueda volver a hablar de sexo, diversidad sexual y animaciones orientales.
Me preocupa que los canales del gobierno se vuelvan a transformar en aquellas moles pobres, densas, aburridas y con poca audiencia donde solo se le daba gusto a un puñado de intelectuales para que no fueran a hablar mal del Presidente o donde se hacía muy pero muy poco.
No, las administraciones priistas, cuando las tuvimos, no fueron un infierno para los medios públicos, de repente tuvieron sus aciertos, pero fue, en efecto, de repente.
Acá, con el PAN, si no levitamos de placer con algunos de los mejores programas inteligentes del mundo como El encantador de perros, nos fascinamos con importaciones como Cuéntame cómo pasó o vimos telenovelas de producción propia como Aprender a vivir.
En resumen, siempre tuvimos mucho de todo, en todos los estilos, a todas horas y esto incluyó a niños, jóvenes, adultos y ancianos. Los vamos a extrañar.
Por favor, señor, señora, atrévase a reconocer el esfuerzo de estos hombres y mujeres, celébrelos y ayúdeme a que su obra no se pierda, a que no volvamos a los malos tiempos de los medios públicos, a que tengamos continuidad y, lo más importante, progreso.
¿Se imagina una pantalla sin series como Estado de gracia? ¿Se imagina la vida sin Ópera prima? ¿Ahora me entiende?
Este sábado, muchas cosas van a cambiar en nuestro país. Ojalá que sea para bien. Ojalá.
2 DESPUES EL RECORTE
VOTA POR PEÑA DECIANH NO SE ELIMINARA PRESUPUESTO A CULTURA DECIAN
MEXICO, DF., 21 de diciembre (EL UNIVERSAL).- El sector cultural tendrá el próximo año un presupuesto de 16 mil 434.92 millones de pesos, según lo aprobado hoy por la Cámara de Diputados dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013.
Margarita Saldaña, presidenta de la Comisión de Cultura del órgano legislativo, afirmó que se trata de un presupuesto que cuenta con una reducción total de 227 millones de pesos, comparado con los recursos destinados en 2012, por 16 mil 663.20 millones de pesos.
Sostuvo que los legisladores aprobaron una ampliación presupuestal de cuatro mil millones de pesos, de los cuales 150 millones se distribuirán a las Ciudades Patrimonio: Oaxaca, Tlacotalpan, Querétaro, Guanajuato, Zacatecas, Campeche, Distrito Federal, Morelia, Puebla y San Miguel de Allende.
El resto se destinará a proyectos estatales, municipales y no gubernamentales. "El presupuesto es responsable, toda vez que atiende las necesidades del sector cultural", refirió.
Son prácticamente 16 mil (millones de pesos). Es un presupuesto parecido al de 2012, pero con algunas variaciones, entre ellas, el que el año pasado se destinaron más apoyos para La Ciudadela y la Cineteca, señaló.
La legisladora destacó que los recursos destinados para atender las necesidades del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Conaculta), Instituto Nacional de Bellas Artes (INBA), Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), e Instituto Mexicano de Cinematografía; "todas éstas que ya son institucionales y es para que sigan su ritmo".
Además, los recursos reetiquetados están destinadas a los estados, municipios y organizaciones no gubernamentales.
Es presupuesto que obedece a muchas de las necesidades del sector, tanto del gubernamental como no gubernamental. Lo podemos llamar responsable, cuando veamos que el recurso se destinó para una casa de la cultura, por ejemplo, refirió.
Abundó que una parte del presupuesto se destinó a proyectos que han sido un éxito y que en su opinión, es necesario continuar apoyando, pero también, hay mucho destinado a lo nuevo .
El presupuesto, dijo, lo veo como esa posibilidad de concretar muchas de las inquietudes que tiene todos los que se dedican a la parte cultural en todo México.
Margarita Saldaña, presidenta de la Comisión de Cultura del órgano legislativo, afirmó que se trata de un presupuesto que cuenta con una reducción total de 227 millones de pesos, comparado con los recursos destinados en 2012, por 16 mil 663.20 millones de pesos.
Sostuvo que los legisladores aprobaron una ampliación presupuestal de cuatro mil millones de pesos, de los cuales 150 millones se distribuirán a las Ciudades Patrimonio: Oaxaca, Tlacotalpan, Querétaro, Guanajuato, Zacatecas, Campeche, Distrito Federal, Morelia, Puebla y San Miguel de Allende.
El resto se destinará a proyectos estatales, municipales y no gubernamentales. "El presupuesto es responsable, toda vez que atiende las necesidades del sector cultural", refirió.
Son prácticamente 16 mil (millones de pesos). Es un presupuesto parecido al de 2012, pero con algunas variaciones, entre ellas, el que el año pasado se destinaron más apoyos para La Ciudadela y la Cineteca, señaló.
La legisladora destacó que los recursos destinados para atender las necesidades del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Conaculta), Instituto Nacional de Bellas Artes (INBA), Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), e Instituto Mexicano de Cinematografía; "todas éstas que ya son institucionales y es para que sigan su ritmo".
Además, los recursos reetiquetados están destinadas a los estados, municipios y organizaciones no gubernamentales.
Es presupuesto que obedece a muchas de las necesidades del sector, tanto del gubernamental como no gubernamental. Lo podemos llamar responsable, cuando veamos que el recurso se destinó para una casa de la cultura, por ejemplo, refirió.
Abundó que una parte del presupuesto se destinó a proyectos que han sido un éxito y que en su opinión, es necesario continuar apoyando, pero también, hay mucho destinado a lo nuevo .
El presupuesto, dijo, lo veo como esa posibilidad de concretar muchas de las inquietudes que tiene todos los que se dedican a la parte cultural en todo México.
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